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Informe soBRE LIBERTAD RELIGIOSA - 2006
España
La Constitución garantiza la libertad religiosa y generalmente el gobierno
respetó este derecho en la práctica. No hay una religión del Estado. Sin
embargo, la Iglesia Católica goza de algunos privilegios frente al resto de
confesiones.
Durante el periodo que abarca este informe, no se produjo ningún cambio en
cuanto a la situación de respeto a la libertad religiosa, y la política del
gobierno continuó contribuyendo a la libre práctica de la religión.
Las relaciones generalmente amistosas entre los grupos religiosos presentes en
la sociedad contribuyeron a la libertad religiosa.
El gobierno estadounidense trata con el gobierno del país los asuntos relativos
a la libertad religiosa como parte de su política global de fomento de los
derechos humanos.
SECCIÓN I. DEMOGRAFÍA RELIGIOSA
El país tiene un área de 194 897 millas cuadradas y una población aproximada de
43 millones de habitantes.
La ley prohíbe recabar datos basándose en las creencias religiosas, lo que
limitaba la capacidad de realizar estadísticas sobre el número de creyentes de
las diferentes religiones que había en el país. El Centro de Investigaciones
Sociológicas (CIS), organismo estatal autónomo, recogió estadísticas sobre las
tendencias religiosas en la sociedad. En febrero de 2006, una encuesta del CIS
indicó que un 77% de los ciudadanos se consideraba católico; sin embargo, un 46%
de ellos afirmaba que no era practicante. Además, el 13% de los españoles se
declaraba agnóstico, el 6% ateo y aproximadamente el 2% practicante de una
religión diferente a la católica.
Un estudio de la Fundación Santa María de abril de 2006 reveló que, por primera
vez, menos de la mitad de los españoles entre los quince y los veinticuatro años
se consideraban católicos (practicantes o no practicantes). En un estudio
similar de jóvenes españoles realizado en 1996, el 77% se consideraba católico.
El 46% se declaraba agnóstico, ateo o indiferente respecto a la religión.
La Conferencia Episcopal Española (CEE) estimaba que había aproximadamente 34
millones de católicos en el país. La Federación de Entidades Religiosas
Evangélicas (FEREDE) declaró que representaba a 400 000 cristianos evangélicos y
otros protestantes, y calculaba que el 30% de sus miembros eran inmigrantes
latinoamericanos y africanos. La FEREDE también calculaba que había 800 000
protestantes extranjeros, en su mayoría europeos, que residían en el país al
menos seis meses al año. Había poca información exhaustiva sobre el número de
miembros de la comunidad musulmana del país: los cálculos eran de entre
700 000 y 1 500 000. La Federación Española de Entidades Religiosas Islámicas (FEERI)
calculaba que los musulmanes superaban el millón entre inmigrantes legales e
ilegales. Los recientes cálculos del gobierno apoyaban los informes de fuentes
locales de que había entre 30 000 y 40 000 judíos
en el país. Había aproximadamente 9 000 budistas practicantes.
La mayoría de los musulmanes eran inmigrantes de Marruecos recién llegados, pero
también había argelinos, paquistaníes e inmigrantes de otros países árabes o
musulmanes, así como españoles convertidos al islam. La oficina de Asuntos
Religiosos del Ministerio de Justicia observó que, aunque la mayoría de los
inmigrantes procedentes de países islámicos eran musulmanes, había también un
pequeño número de cristianos de países como Egipto y el Líbano. A finales de
2005, la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración informó de que el
mayor grupo de inmigrantes procedía de Marruecos: 386 958 eran inmigrantes
legales y hasta 120 000 ilegales.
La mayoría de los cristianos ortodoxos procedían de países de Europa del Este
como Rumania, Bulgaria y Ucrania. Los inmigrantes protestantes evangélicos
procedían normalmente de África o de Latinoamérica, según fuentes oficiales.
Las mayores ciudades del país, Madrid y Barcelona, albergaban el mayor número de
confesiones religiosas, según fuentes oficiales. El último censo realizado por
el gobierno, en 2002, indicaba que las mayores comunidades de inmigrantes de
países predominantemente musulmanes se encontraban en las comunidades autónomas
de Cataluña, Andalucía, Madrid, Valencia, Murcia y los enclaves españoles de
Ceuta y Melilla, en el norte de África. Las mayores comunidades cristianas
ortodoxas se encontraban en Aragón y Valencia. En el país también hay misioneros
extranjeros cristianos evangélicos, mormones, ortodoxos, budistas y musulmanes.
En enero de 2005, el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia
incluía 12 453 entidades creadas por la Iglesia Católica. Había 1 388 Iglesias,
confesiones y comunidades no católicas, entre ellas 1 064 entidades
protestantes. Entre las entidades protestantes había 305 Iglesias carismáticas,
128 Asambleas de hermanos, 228 Iglesias baptistas, 125 Iglesias pentecostales,
38 Iglesias presbiterianas, una Iglesia evangélica de Filadelfia, 10 entidades
de la Iglesia de Cristo, una entidad del Ejército de Salvación, 18 Iglesias
anglicanas, 63 Iglesias interconfesionales, 35 Iglesias para los extranjeros, 4
Iglesias Adventistas del Séptimo Día, 3 Iglesias adventistas de reforma y otras
121 Iglesias evangélicas. Además, había también 10 entidades ortodoxas, una
entidad de los Testigos de Jehová, una entidad de la Iglesia de Jesucristo de
los Santos del Último Día (mormones), una entidad de la Iglesia de Unificación,
10 entidades de otras confesiones cristianas, 16 entidades del judaísmo, 254 del
islam, 11 de la fe baha'i, 3 del hinduismo, 21 del budismo y 3 de otras
confesiones. La Iglesia de la Cienciología estaba presente en el país, aunque el
Ministerio de Justicia le denegó la inscripción como organización religiosa.
El número de Iglesias y comunidades religiosas no católicas presentes en el país
podría ser mucho mayor. Algunos grupos religiosos optaron por inscribirse como
organizaciones culturales en los registros de los gobiernos autonómicos en lugar
de hacerlo en el registro de entidades religiosas nacional porque el proceso de
inscripción en el ámbito nacional podía durar hasta seis meses y requería muchos
trámites.
SECCIÓN II. ESTADO DE LA LIBERTAD RELIGIOSA
Marco legal/político
La Constitución garantiza la libertad religiosa y generalmente el gobierno
respetó este derecho en la práctica. El gobierno en todos los niveles se esforzó
por proteger totalmente este derecho y no permitió que fuera vulnerado por el
gobierno o por agentes particulares. La discriminación por motivos religiosos es
ilegal.
El artículo 16 de la Constitución garantiza la libertad religiosa y de culto de
los individuos y los grupos. También afirma que “ninguna confesión tendrá
carácter estatal”. Sin embargo, el gobierno concede ciertas ventajas de
financiación pública a la Iglesia Católica que no están a disposición de otras
entidades religiosas en la práctica. Estas ventajas se derivan de cuatro
acuerdos firmados con la Santa Sede en 1979 que incluyen asuntos económicos, de
educación religiosa, militares y judiciales. La Iglesia Católica recibe
financiación a través de contribuciones fiscales voluntarias y pagos directos.
Los contribuyentes pueden seleccionar una casilla en el formulario de la
declaración sobre la renta para aportar hasta un 0,5% de sus impuestos a la
Iglesia Católica. En 2004, los contribuyentes aportaron aproximadamente 128
millones de dólares (105,9 millones de euros) a la Iglesia Católica. Además de
las aportaciones voluntarias de los contribuyentes, el gobierno proporcionó a la
Iglesia Católica 40 millones de dólares más (32,8 millones de euros). Esta
cantidad no incluía la financiación pública para los profesores de religión de
los colegios públicos, los capellanes castrenses y de hospital y otras ayudas
indirectas.
Los representantes de las confesiones protestante, judía y musulmana firmaron
acuerdos bilaterales con el gobierno en 1992. Estos acuerdos conceden ciertas
ventajas fiscales y validez civil a las bodas celebradas por los grupos
religiosos. También permiten que los grupos religiosos tengan profesores en los
colegios y capellanes en los hospitales y las prisiones. Las entidades
protestantes firmaron el acuerdo como Federación de Entidades Religiosas
Evangélicas de España (FEREDE), las entidades judías como Federación de
Comunidades Israelitas de España (FCIE) y las entidades islámicas como Comisión
Islámica de España (CIE). La CIE está formada por dos federaciones: la
Federación Española de Entidades Religiosas Islámicas (FEERI) y la Unión de
Comunidades Islámicas de España (UCIDE). En 2003, el gobierno amplió el concepto
de “notorio arraigo” para permitir que otros grupos religiosos firmaran acuerdos
bilaterales. En 2003, el Ministerio de Justicia reconoció como de “notorio
arraigo” la Iglesia de Jesucristo de los Santos del Último Día; sin embargo esta
Iglesia no ha negociado un acuerdo bilateral con el gobierno. A principios de
2006, los Testigos de Jehová y el Ministerio de Justicia comunicaron que estaban
trabajando para dar el mismo reconocimiento a los Testigos de Jehová.
Desde 2005, la nueva Fundación Pluralismo y Convivencia, financiada por el
gobierno y con sede en el Ministerio de Justicia, financia directamente a las
confesiones religiosas minoritarias para fomentar la igualdad religiosa y el
diálogo interconfesional. Los fondos, 3,6 millones de dólares (3 millones de
euros) en 2005, se destinan a actividades no religiosas en sí, es decir,
programas culturales, educativos y de integración social. El patronato de la
fundación incluye a representantes de la mayoría de los ministerios del gobierno
y a miembros de los propios grupos religiosos.
Algunas comunidades autónomas han firmado también acuerdos con grupos religiosos
para fomentar la integración social. Por ejemplo, el gobierno catalán ha firmado
acuerdos con el Consejo Islámico de Cataluña y las comunidades religiosas
protestante, judía y baha’i. Estos acuerdos eran de naturaleza social más que
económica y su objetivo era fomentar la integración social.
Las festividades religiosas de carácter nacional son la Epifanía (6 de enero),
el Jueves Santo, el Viernes Santo, la Asunción (15 de agosto), Todos los santos
(1 de noviembre), la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y la Navidad (25 de
diciembre); muchos gobiernos autonómicos establecen también días festivos
religiosos de carácter local. Las festividades religiosas de carácter nacional
no tienen un efecto negativo en otros grupos religiosos. En los acuerdos de
cooperación de 1992 con la FCIE y la CIE, el gobierno accedió a reconocer los
días festivos judíos y los musulmanes. El acuerdo de 1992 con la FEREDE da
cabida a entidades protestantes, como los Adventistas del Séptimo Día, que
celebran el sábado como día santo, estableciendo la posibilidad de tomarse la
tarde del viernes libre con sueldo para prepararse.
La Ley de Libertad Religiosa de 1980 pone en práctica la libertad religiosa
garantizada por la Constitución. La ley de 1980 establece un régimen jurídico y
ciertos privilegios para las organizaciones religiosas. Para gozar de las
ventajas de este régimen, las organizaciones religiosas deben estar inscritas en
el Registro de Entidades Religiosas de la Oficina de Asuntos Religiosos del
Ministerio de Justicia, que es actualizado con regularidad. Para inscribirse en
el registro del Ministerio de Justicia, las agrupaciones religiosas deben
presentar documentación que acredite que son una religión. Si la solicitud de un
grupo es rechazada, puede apelar la decisión ante los tribunales. Si se
considera que no se trata de una religión, puede ser incluido en el Registro de
Asociaciones del Ministerio del Interior. La inclusión en el Registro de
Asociaciones concede un carácter legal tal como autoriza la ley que regula el
derecho de asociación. Los grupos religiosos no reconocidos oficialmente son
tratados como asociaciones culturales.
A la Iglesia de la Cienciología le ha sido denegada la inscripción como entidad
religiosa en España desde que lo solicitó por primera vez en 1983. En 1990, el
Tribunal Supremo ratificó la decisión de denegar la inscripción. En 1983, una
organización que afirmaba estar ligada a la Iglesia de la Cienciología presentó
una solicitud de inscripción en el Ministerio de Justicia. El Ministerio de
Justicia rechazó esta solicitud. Después de que, en 2001, el Tribunal
Constitucional decidió que se inscribiera a la Iglesia de Unificación y de la
apertura de una nueva Iglesia de la Cienciología en España, en octubre de 2004,
la Iglesia de la Cienciología volvió a presentar una solicitud. Sin embargo, en
mayo de 2005, el gobierno denegó la solicitud y se negó a inscribirla aduciendo
que el Ministerio de Justicia no tenía autoridad para revocar la decisión del
Tribunal Supremo de 1990 a través de una acción administrativa. La Iglesia de la
Cienciología interpuso un recurso de apelación contra esta denegación.
Responsables de la Iglesia de la Cienciología sostenían que la organización que
presentó la solicitud en 1983 no estaba ligada a la Iglesia de la Cienciología y
que la decisión de 1990, basada en lo dispuesto en la ley de que una religión
debe rendir culto a un Ser superior, fue revocada por la decisión del Tribunal
Constitucional de 2001. Afirmaban que, en virtud de la decisión del Tribunal
Constitucional, la Iglesia de la Cienciología debería ser inscrita. Los
funcionarios del Ministerio de Justicia sostenían que la decisión de 2001 era
sólo aplicable a la Iglesia de Unificación y que la Iglesia de la Cienciología
debe seguir el caso a través del sistema judicial. La oficina de Asuntos
Religiosos declaró que la doctrina, la estructura organizativa y los dirigentes
de la Iglesia de la Cienciología eran los mismos que los de la organización que
presentó la solicitud en 1983 y a la que le fue denegada la inscripción en aquel
momento. Las autoridades manifestaron que el gobierno no interferiría en modo
alguno en las actividades de la Iglesia de la Cienciología.
La primera sección del Registro de Entidades Religiosas, denominada "sección
especial", contiene una lista de entidades religiosas creadas por la Iglesia
Católica y una lista de Iglesias, confesiones y comunidades no católicas que
tienen un acuerdo de cooperación con el Estado. Las diócesis y parroquias
católicas no están obligadas a inscribirse para gozar de las ventajas según la
ley de 1980. Sin embargo, los monasterios católicos y las comunidades,
asociaciones y fundaciones religiosas católicas pueden inscribirse
voluntariamente para participar en el régimen jurídico.
En 2004, los líderes de las comunidades protestante, musulmana y judía trataron
con la Oficina de Asuntos Religiosos del Ministerio de Justicia la ampliación de
las ventajas fiscales y la financiación pública, la apertura de nuevos lugares
de culto y la calidad de la educación religiosa; en concreto, buscaban un trato
comparable al que recibe la Iglesia Católica. Todos los grupos religiosos
minoritarios solicitaron al gobierno que modifique el formulario del impuesto
sobre la renta para permitir que los contribuyentes tengan la opción de donar un
porcentaje de sus impuestos a entidades no católicas. Sin embargo, estas
negociaciones terminaron sin un acuerdo entre el gobierno y los líderes
religiosos.
En general, el gobierno no pone ninguna restricción legal a la apertura de
nuevos lugares de culto; sin embargo, en ocasiones los representantes de grupos
religiosos minoritarios tuvieron dificultades para ello, la mayoría de las veces
debido a la resistencia de grupos de vecinos. Según la Oficina de Asuntos
Religiosos del Ministerio de Justicia, los gobiernos locales están obligados a
proporcionar el terreno para la apertura de los lugares de culto; sin embargo,
esta ley era ignorada en gran medida por los ayuntamientos. El Ministerio
realizó una campaña para educar a los gobiernos locales sobre sus
responsabilidades con los grupos religiosos minoritarios. El Director General de
Asuntos Religiosos del gobierno autonómico catalán anunció que se estaba
elaborando un proyecto de ley para regular la construcción de mezquitas.
Los líderes musulmanes y protestantes también han exigido al gobierno que apoye
más la educación religiosa pública de sus respectivas confesiones. En 2004, el
gobierno respondió a estas peticiones con la aprobación de la legislación que
proporciona financiación para los profesores de la asignatura de religión
–católica, musulmana, cristiana evangélica y judía— en colegios públicos cuando
al menos diez alumnos la soliciten. Estas clases no son obligatorias. Los
estudiantes que optan por no cursar la asignatura de religión están obligados a
dar una asignatura alternativa que incluye temas sociales, culturales y
religiosos generales.
En 2004, el gobierno presupuestó fondos para pagar a veinte profesores
musulmanes que enseñaran islam a alumnos de colegios públicos. El gobierno
exigía que los profesores tuvieran un título de una universidad española,
conocimientos de la ley española y dominio del español. A partir de septiembre
de 2005, diecisiete profesores enseñaron religión musulmana en colegios de
Andalucía (trece), Aragón (tres) y el País Vasco (uno). Además, veinte
profesores enseñan religión musulmana en Ceuta y Melilla.
Existen colegios religiosos para estudiantes católicos, protestantes, musulmanes
y judíos. No se coarta a los padres que quieren proporcionar a sus hijos
formación religiosa en su domicilio o matricularles en colegios religiosos
privados.
El gobierno ha tomado medidas para fomentar el entendimiento entre confesiones
apoyando o patrocinando programas sobre el diálogo interreligioso,
principalmente con la creación de la Fundación Pluralismo y Convivencia citada
anteriormente. La Comisión Asesora de Libertad Religiosa está formada por
miembros de todos los grupos religiosos. El gobierno también patrocina cursos y
seminarios universitarios con representantes de diferentes confesiones. En 2005,
el gobierno organizó mesas redondas interconfesionales en la Universidad
Menéndez Pelayo de Santander y la Universidad de Madrid. También organizó en
Córdoba una conferencia sobre antisemitismo y otras formas de intolerancia bajo
los auspicios de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa.
La conferencia reunió a representantes de todas las confesiones religiosas y a
expertos internacionales en el tema de la libertad religiosa. En concreto, las
autoridades del gobierno pusieron un gran acento en el tema del antisemitismo en
el país y expresaron interés en mantener regularmente un diálogo con el gobierno
estadounidense sobre las actividades antisemitas en el país. El gobierno también
nombró a un enviado especial dentro del Ministerio de Asuntos Exteriores como
enlace entre la comunidad judía y las organizaciones internacionales dedicadas a
combatir el antisemitismo en Europa, como el foro para la Cooperación
Internacional para la Educación, el Recuerdo y la Investigación del Holocausto,
con sede en Varsovia.
Limitaciones a la libertad religiosa
La política y la práctica del gobierno contribuyeron a la práctica generalmente
libre de la religión.
Las federaciones islámica y protestante continuaron indicando que el proceso
para la obtención de permisos de construcción de nuevas mezquitas e iglesias
podía resultar difícil y largo, especialmente si se trata de solares en el
centro de las ciudades. Según la FEERI, en ocasiones se debían construir las
nuevas mezquitas en zonas suburbanas menos visibles, principalmente a causa de
la resistencia de grupos de vecinos. La FEERI comunicó que las estudiantes
musulmanas que se cubrían la cabeza con un pañuelo no tenían problemas con las
normas relativas a la indumentaria que pueden poner en práctica los colegios
privados. De manera coherente, el gobierno mantuvo que el derecho a la educación
tiene prioridad sobre la aplicación de normas relativas al modo de vestir.
El gobierno proporciona financiación para los capellanes católicos castrenses,
de prisiones y de hospital. Los acuerdos bilaterales de 1992 reconocen el
derecho a los servicios religiosos por parte de los miembros protestantes y
musulmanes de las fuerzas armadas, según la necesidad de dichos servicios y
sujeto a la autorización de sus superiores. Según los acuerdos, los servicios
han de ser proporcionados por los ministros e imanes aprobados por las
federaciones religiosas y autorizados por el mando militar. Sin embargo, los
líderes protestantes y musulmanes continuaron indicando que no existen normas
militares que pongan en práctica los acuerdos de 1992. La FEREDE comunicó que el
personal militar de confesión evangélica debe salir del cuartel para ver a los
capellanes y participar en los servicios religiosos evangélicos. Los líderes
musulmanes afirmaron que, generalmente, los funcionarios de prisiones permiten
que los imanes visiten a los presos musulmanes, y el 9 de junio de 2006, el
Consejo de Ministros autorizó los servicios religiosos evangélicos, judíos y
musulmanes para los internos en centros penitenciarios. Se estableció que los
diversos grupos religiosos designaran a los ministros de culto que luego serían
autorizados por la administración penitenciaria para celebrar servicios
religiosos en las prisiones.
No hubo informes de presos o detenidos por motivos religiosos en el país.
Conversión forzada a otra religión
No hubo informes de conversiones religiosas forzadas, ni siquiera entre los
menores estadounidenses que hubieran sido secuestrados o sacados ilegalmente de
EE.UU., ni de la denegación del permiso a dichos ciudadanos para ser devueltos a
EE.UU.
Antisemitismo
Líderes de la comunidad judía indicaron que, aunque los actos violentos
antisemitas contra miembros de la comunidad eran poco frecuentes, les preocupaba
el antisemitismo expresado como vandalismo contra instituciones judías. En
Barcelona, dos sinagogas, una perteneciente a la comunidad judía de Barcelona y
otra a la comunidad judía ATID de Cataluña, fueron dañadas repetidas veces en
los últimos años y, de nuevo, en 2005. Entre los actos de vandalismo se
realizaron pintadas antisemitas. Las comunidades indicaron también que creían
que eran observadas por grupos extremistas locales. El gobierno regional
respondió aumentando la seguridad en el centro.
Los líderes de la comunidad judía citaron también algunos actos de propaganda
antisemita en los medios de comunicación y en instituciones de gobierno locales.
En mayo de 2006, el presidente de la Federación de Comunidades Judías de España
(FCJE) afirmó que en la prensa española está creciendo un nuevo antisemitismo de
origen político que se manifiesta en la parcialidad para con los palestinos. En
2004, una estrella de David junto a una cruz gamada apareció en una página web
de un ayuntamiento de Barcelona. Funcionarios locales retiraron los símbolos sin
explicar por qué habían sido colocados ahí. Ese mismo año, en Galicia, en el
norte del país, el alcalde de Oleiros autorizó unos paneles públicos en los que
se calificaba al primer ministro israelí de "bestia" y a los miembros de su
gobierno de "neonazis". El gobierno respondió emitiendo una fuerte declaración
de condena del incidente. El alcalde accedió a retirar las frases.
SECCIÓN III. DISCRIMINACIÓN Y VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD RELIGIOSA POR PARTE DE LA
SOCIEDAD
Las relaciones generalmente amistosas entre las religiones presentes en la
sociedad contribuyeron a la libertad religiosa. En ocasiones, el crecimiento de
la población inmigrante en el país creó fricción social, que en casos aislados
tuvo un componente religioso. Muchos ciudadanos culpaban a los nuevos
inmigrantes marroquíes del aumento de la tasa de delincuencia en el país. En
ocasiones, estas opiniones se tradujeron en un sentimiento antimusulmán, que en
algunos casos suscitó ataques y vandalismo. Según informaron la policía y los
líderes musulmanes, los atacantes eran cabezas rapadas que querían asociar a los
musulmanes con el terrorismo islamista radical. Los líderes musulmanes afirmaron
que las comunidades islámicas seguían sufriendo discriminación, especialmente
para obtener empleo y alquilar una vivienda. Les preocupaba que los reportajes
de los medios de comunicación parecían asociar el islam a los atentados
terroristas. En febrero de 2005, Sigma Dos, agencia privada de demoscopia,
realizó un sondeo de ámbito nacional entre 1 000 personas sobre sus actitudes
hacia la población musulmana del país. El 70% de los que respondieron no había
tenido contacto con musulmanes y el 48% afirmó que no sabía casi nada sobre el
islam o los musulmanes. Sin embargo, el 43% de los encuestados dijo que la mayor
amenaza que supone la presencia de musulmanes en el país era la posibilidad de
que los fundamentalistas realizaran un atentado terrorista.
En 2005, el gobierno comenzó a celebrar el 27 de enero el Día Oficial de la
Memoria del Holocausto. Algunos gobiernos autonómicos, entre ellos el de Madrid
y el de Cataluña, realizaron una conmemoración similar.
El 28 de enero de 2006, varios individuos quemaron el Corán y arrojaron otros
libros religiosos a un cubo de basura en una mezquita de Soria. Algunos meses
antes, se habían realizado pintadas en la mezquita. Cuatro localidades catalanas
-Gerona, Salt, Palafrugell y San Vicente de Castellet- informaron también de
ataques a mezquitas y carnicerías musulmanas. El 23 de octubre de 2005, en la
ciudad de Reus, la policía detuvo dos automóviles con cabezas rapadas armados
con cócteles molotov, pintura en aerosol, armas y propaganda nazi cuando se
dirigían hacia la mezquita local.
En abril de 2006, un incendio provocado en el morabito de Sidi Bel Abbas, en la
ciudad autónoma de Ceuta –con un tercio de población musulmana—, suscitó temores
a una creciente intolerancia hacia los musulmanes. Sólo tres meses antes, varios
pirómanos habían atacado otro en la misma ciudad.
SECCIÓN IV. POLÍTICA DEL GOBIERNO ESTADOUNIDENSE
El gobierno estadounidense trata con el gobierno del país los asuntos relativos
a la libertad religiosa como parte de su política global de fomento de los
derechos humanos. Los funcionarios de la Embajada se reúnen también con líderes
religiosos de diversas confesiones.
La Embajada facilitó intercambios entre asociaciones religiosas estadounidenses
y locales para fomentar el diálogo y promover la tolerancia religiosa y la
libertad. La Embajada en Madrid y el Consulado en Barcelona crearon un grupo
para coordinar y fomentar un contacto cada vez mayor con la comunidad musulmana.
Durante el periodo que abarca este informe, se aumentaron drásticamente los
contactos con dicha comunidad contactando con los líderes de la CIE y
manteniéndose en estrecho contacto con la mayor mezquita de España. Los
funcionarios de la Embajada entablaron nuevas relaciones con numerosos grupos
religiosos y de inmigrantes y nominaron a un número récord de visitantes
internacionales de confesión musulmana. La Embajada utilizó el programa de
conferenciantes de la Oficina de Programas Internacionales de Información para
traer a España a musulmanes estadounidenses para hablar de asuntos relacionados
con la tolerancia religiosa. El Embajador estableció estrechos vínculos con sus
homólogos del mundo musulmán y se reunió repetidas veces con líderes de las
comunidades musulmana y judía del país. La Embajada también habló con
funcionarios del gobierno sobre las gestiones de la Iglesia de la Cienciología
para inscribirse.
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