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VISADOS DE NO INMIGRANTE

H - Visado de trabajo temporal


Las personas que tengan intenciones de trabajar en los Estados Unidos deben obtener un visado de trabajo. En general, los visados de no inmigrante de trabajo temporal se basan principalmente en ofertas muy concretas, para realizar trabajos altamente especializados, por parte el empleador en los EE.UU.

Las personas que que entren en el país sin visado bajo las condiciones del Programa de Exención VWP o con un visado de negocios/turismo B1/B2 no están autorizadas a trabajar.

Si viaja a EE UU con la intención de prestar servicios o realizar un trabajo específico  usted necesita un visado de clasificación H.

Este permiso de trabajo temporal debe ser aprobado previamente por el servicio de inmigración USCIS, en base a una petición formulario I-129H presentado por el empleador en los EE.UU.

H-1B visa (profesiones especializadas)

Se otorga cuando usted viaja a EE UU para realizar un trabajo profesional. Esta clasificación de visado se aplica a una ocupación especializada, que requiere la aplicación teórica y práctica de un conjunto de conocimientos sumamente especializados que requieren a su vez la realización de un curso específico de educación superior. El servicio de inmigración (USCIS) es el organismo competente para determinar si usted reúne las condiciones para esa oferta de trabajo. Antes de presentar una petición de visado de trabajo H en la oficina de inmigración USCIS, el empleador debe presentar una oferta de empleo condicional en el departamento de trabajo, en relación con los términos y condiciones del contrato de trabajo.

La clasificación H-2B

Se aplica a otros trabajos no comprendidos dentro del trabajo agrícola, generalmente de naturaleza temporal o estacional.

Antes de que el empleador presente una petición de visado de trabajo H-2B en la oficina de inmigración USCIS, en la jurisdicción donde el trabajo se llevara a acabo, deberá obtener en el departamento de trabajo una certificación confirmando la carencia de ciudadanos estadounidenses calificados para ese trabajo.

La clasificación H-3

Se aplica a personas que van a seguir un curso de entrenamiento en el campo profesional, otro que no está relacionado con el campo médico o académico.

El entrenamiento no puede ser utilizado en términos de trabajo productivo. El empleador debe presentar una petición de visado de entrenamiento H-3 en la oficina de inmigración (USCIS) que tenga jurisdicción de la zona donde esté localizada la empresa.

NOTA

El servicio de inmigración USCIS ofrece la posibilidad de solicitar el trámite urgente (Premium Processing Service) de las peticiones de visado de trabajo temporal H, L, O, P . Más información.

¿QUÉ DEBO HACER UNA VEZ QUE USCIS HA APROBADO LA PETICIÓN?

Después de que una petición L ha sido aprobada a su favor, Ud. tiene que solicitar un visado antes de viajar a los EE.UU. La notificación, formulario I-797A o B, por si sola no es válida para viajar a los EE.UU. Necesita solicitar el visado apropiado.

CÓNYUGES E HIJOS.

Cónyuges e hijos menores de 21 años y que deseen acompañar o reunirse con el poseedor principal del visado en los EE.UU. durante su estancia en los EE.UU., deben solicitar visados derivativos. El proceso de solicitud es el mismo; el formulario I-797A o B se extiende también a nombre los dependientes. Si el cónyuge e hijos solicitan visados en una fecha posterior, una copia del visado del principal debe ser presentada con la solicitud. Cónyuges e hijos menores que no tengan intencion de residir en los EE.UU. con el poseedor principal de visado y únicamente viajar temporalmente de vacaciones, etc., deben solicitar visados de turismo (B-2), o en su caso, viajar sin visado dentro de las condiciones del Programa de Exención de Visado (VWP).

Visados H4

Los acompañantes de una persona trabajando temporalmente pueden realizar estudios con el visado derivativo del principal. No obstante, también pueden solicitar un visado de estudiante F-1. Si Ud. tiene hijos en edad escolar, debe consultar la normativa para visados F-1.

Trabajar con un visado H-4

Los poseedores de visas H-4 no pueden trabajar en los Estados Unidos. Para trabajar, deben obtener un visado H-1 o cualquier otro visado de trabajo.

CÓMO SOLICITARLO

Solicitar un visado de trabajo temporal.

NOTA

Se recomienda solicitar su visado con suficiente antelación y no cerrar su plan de viaje hasta que no tenga su pasaporte y visado.

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— MÁS INFORMACIÓN —

Avisos de viaje del Departamento de Estado, Anuncios al público y Hojas de información consular
Tiempo de espera para un visado
Department of Homeland Security
Servicio de Rentas Internas
Servicio de Aduanas

 



actualizada: 10/07/08


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