VISADOS DE NO INMIGRANTE
H1C – Profesionales de enfermería
La categoría de visado H-1C está destinada a enfermeros/as titulados para trabajar
temporalmente en los Estados Unidos. El empleo está limitado a aquellas zonas
designadas por el Departamento de Salud y Servicios Humanos (DHHS) como “zonas
con escasez de profesionales de la salud”. Los enfermeros titulados que se
encuentren trabajando con un visado H-1C sólo pueden ser admitidos por máximo de
3 años sin posibilidad de extender el plazo.
REQUISITOS
Para reunir los requisitos para un visado H-1C, un enfermero/a debe tener la titulación y
licencia necesarias para ejercer la enfermería en el país dónde obtuvo su
titulación, o haber recibido su formación en los Estados Unidos; haber pasado un
examen adecuado (estipulado por el DHHS), o tener una licencia completa e
ilimitada para ejercer como enfermero/a titulado en el estado donde tiene
intención de trabajar; y estar debidamente capacitado de acuerdo con las leyes
estatales y regulaciones del estado donde desea trabajar en los Estados Unidos.
Los profesionales de enfermería pueden cumplir los requisitos para un visado H-1C
mediante la obtención de un certificado emitido por la
Comisión de Colegios de
Enfermería Extranjeros (CGFNS), o por una organización independiente reconocida
por el Fiscal General y el DHHS; y aprobando el examen NCLEX-RN.
REÚNO LAS CONDICIONES PARA EL VISADO H-1C SIGUIENTE PASO
El permiso de trabajo debe ser aprobado previamente por el Servicio de Inmigración y
Ciudadanía (USCIS) del DHS basándose en una petición,
formulario I-129C,
presentada por el hospital de los Estados Unidos. Antes de presentar una
petición de visado de trabajo en la oficina de USCIS con jurisdicción en la zona
donde se va a trabajar, el empleador debe presentar en el Departamento de
Trabajo (DOL) el formulario ETA-9081 certificando que el hospital está
autorizado a emplear enfermeros profesionales.
UNA VEZ QUE LA PETICIÓN HA SIDO APROBADA POR EL USCIS
Una vez que la petición de visado H1-C presentada a su favor ha sido aprobada, necesitará
solicitar un visado antes de viajar a los Estados Unidos. El formulario I-797A
o B, (Notice of Action) por si solo, no es válido para viajar a no ser que vaya
acompañado del visado adecuado.
CÓNYUGES, HIJOS Y PAREJAS
Los cónyuges e hijos menores de 21 años que deseen acompañar o reunirse en los Estados Unidos
con el principal durante el tiempo de estancia permitido, pueden solicitar un visado derivativo
H-4. El procedimiento de solicitud es el mismo; el I-797A o B sirve también
para dependientes. Si el cónyuge y/u hijos solicitan visado en fecha posterior,
una copia del visado del H-1C debe ser presentada.
Los cónyuges e hijos que no tienen intención de residir en los Estados Unidos con el titular
del visado principal pero desean ir de vacaciones únicamente, pueden solicitar
un visado B-2, o en su caso, viajar sin visado bajo las condiciones del
Programa
de Exención de Visado VWP.
Más información para compañeros y parejas de hecho.
H-4 en vez de F-1
El cónyuge e hijos menores del titular de un visado H-1 pueden estudiar con un visado H-4.
Sin embargo, también pueden solicitar un visado de estudiante F-1. Si sus hijos están en
edad escolar, remítase a las normas para la emisión de visados F-1.
TRABAJANDO CON UN VISADO H-4
El titular de un visado H-4 no puede trabajar. Si el interesado busca empleo, necesitará
solicitar el visado de trabajo adecuado.
COMO SOLICITAR
Para solicitar un visado como profesional de enfermería.
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