VISADOS DE NO INMIGRANTE
C-1/D Visas: Tripulantes
Los visados C-1/D en su formato individual se expiden a tripulantes de líneas aéreas, marítimas
internacionales o embarcaciones privadas siempre que sus servicios sean de
necesarios para la operatividad y el servicio de la nave. También se conceden
visados de tripulante a otros empleados, por ejemplo, en el caso de buques de
crucero, que pueden ser esteticienne, artistas o animadores, ingenieros, y
socorristas, etc.
DIQUE SECO
Los tripulantes que estén al servicio de un buque en dique seco necesitarán obtener el
correspondiente visado de tipo H-2 con la excepción de que el servicio sea
realizado con objeto de cubrir la garantía del contrato de venta o reparación,
en cuyo caso, podrían obtener un visado de tipo B-1. Más información...
EMBARCACIONES PRIVADAS
En el caso de trabajar en un yate privado que tenga bandera extranjera, y que provenga de un puerto
localizado en el extranjero y que navegue por aguas de los Estados Unidos
durante un período superior a 29 días, se deberá obtener un visado de tipo B-1.
En el caso de trabajar en un yate de bandera de los Estados Unidos, el visado que se requiere es de
tipo H-2.
VACACIONES
En el caso de que desee permanecer en los Estados Unidos de vacaciones posteriormente
al período de su empleo como tripulante, deberá solicitar su admisión como
visitante con visado B-2.
Sin embargo, en el caso de que entre en los EE.UU. como pasajero a bordo de un
crucero de una compañía signataria del acuerdo del Programa de Exención de
Visados, podrá solicitar su entrada sin visado. Verifique antes de su salida
esta circunstancia con la línea marítima de su crucero.
FAMILIARES DE LOS TRIPULANTES
Los familiares de los tripulantes con visado C-1/D, que acompañen a estos a bordo de la embarcación y
deseen entrar en los EE.UU. deberán obtener previamente un visado de turismo
B-2. Nota: La posibilidad de entrar sin visado bajo del Programa de Exención de
Visado sólo puede utilizarse en caso de entrar en los Estados Unidos a través de
una compañía signataria del acuerdo con el Gobierno de los Estados Unidos.
¿CÓMO SOLICITO EL VISADO C-1/D DE TRIPULANTE?
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